Los empleados disfrutan generalmente de dos pagas extraordinarias al año, una en Navidad y otra en un mes determinado según lo acordado en el convenio colectivo o mediante acuerdo con los representantes de los trabajadores. Precisamente, una de las fechas más habituales para percibir la paga extra coincide con los meses de verano. Sin embargo, es posible acordar en el convenio colectivo que estas pagas extraordinarias se distribuyan de manera proporcional a lo largo de los 12 meses del año. En este caso hablamos de pagas extra prorrateadas.

Por ello, para saber si estás percibiendo la paga extra de manera prorrateada o en las dos pagas extra pactadas deberás revisar dos cosas: tu convenio colectivo y la nómina para conocer el desglose de tu salario bruto.

¿Cómo se calcula la paga extra?

La cantidad que deberás percibir en la paga extra estará establecida por convenio colectivo. No obstante, se considera un salario que se va acumulando día a día, aunque su pago se realice en meses específicos del año, y su cuantía debe ser equivalente al salario regularmente percibido por el trabajador. La acumulación de esta paga puede ser semestral, anual (incluso trimestral) según lo estipule el convenio colectivo (si no especifica nada, se considera anual).

Cuando un empleado se incorpora a la empresa a mitad de año, al llegar el momento de recibir la paga extraordinaria, solo tiene derecho a recibir la parte proporcional correspondiente al tiempo trabajado, y lo mismo sucede al finalizar la relación laboral si no se ha trabajado durante todo el año.

¿Qué ocurre en caso de baja médica?

La baja médica se considera una causa de suspensión del contrato de trabajo, lo que implica que tanto la obligación del empleado de trabajar como la obligación del empleador de remunerar quedan suspendidas durante este periodo. Dado que las pagas extras son consideradas salarios, no se acumulan durante el tiempo en que el trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal (IT), por lo que la empresa puede deducir esos importes de la nómina cuando se realice el pago de las pagas extras.

No obstante, a pesar de esta norma general de no acumulación de pagas extras durante la IT, el convenio colectivo aplicable puede establecer que se tome en cuenta el periodo de IT para el cálculo de las pagas extras. En tal caso, esta disposición tiene prioridad sobre la normativa general.

Sin embargo, si el convenio colectivo establece un complemento de IT que permite al trabajador recibir el 100% de su remuneración, las pagas extras sí deben tenerse en cuenta en el cálculo. Aunque es común que este complemento de IT se abone en 12 mensualidades, se debe realizar un prorrateo adecuado.

Si tienes dudas en materia de contratos de incapacidad temporal y pagas extraordinarias, consulta con nuestros asesores.